CNEDOGE emitió un pasaporte en fraude de Ley, según el cuál, Emilio Nsue López nació en Malabo y no en Palma de Mallorca

CNEDOGE emitió un pasaporte en fraude de Ley, según el cuál, Emilio Nsue López nació en Malabo y no en Palma de Mallorca
Pasaporte emitido el 23 de marzo de 2024
De acuerdo con las declaraciones de los denunciantes, “esta acción conjunta es el resultado de la resistencia y del hartazgo que sufren muchos ecuatoguineanos”. Emilio Nsue López tiene que renunciar públicamente a la nacionalidad española si quiere seguir jugando con los rojos africanos y dejar de prestarse a las campanas de lavado de imagen de Teodoro Nguema”, sentencia uno de los denunciantes
Entre los documentos que los denunciantes enviaron a la Comisión Disciplinaria de la FIFA, está la copia del pasaporte de Emilio Nsue López. Según los denunciantes “se emitió en fraude de ley el 23 de marzo de 2023 por el Centro Nacional de Emisión de Documentos Oficiales de Guinea Ecuatorial (CNEDOGE)”
La sanción no es fruto de la casualidad, sino de la hipocresía y del mal saber hacer de un jugador que pensó que todos los ecuatoguineanos son de la misma condición que el Vicepresidente ecuatoguineano condenado por corrupción y blanqueo de capitales en diferentes jurisdicciones internacionales

El pasado día 24 de mayo, en torno a las tres de la tarde, hora local en la República de Guinea Ecuatorial, cundió el pánico y saltaron las alarmas entre los aficionados del fútbol ecuatoguineano, la Comisión Disciplinaria de la FIFA, suspendió a Emilio Nsue López durante un periodo de seis meses después de dictaminar que el delantero de la Selección Nacional de Guinea Ecuatorial no era elegible, “después de que este último participará en varios partidos con la selección de Guinea Ecuatorial, incluidos dos encuentros de la fase preliminar de la Copa Mundial de la FIFA 2026, a pesar de no ser convocable.” A su vez, también dictaminó que el Nzalang Nacional perderán ambas eliminatorias de la Copa del Mundo por 3-0, es decir, Guinea Ecuatorial contra Namibia y Liberia contra Guinea Ecuatorial, celebrados el 15 y 20 de noviembre de 2023, respectivamente.

También multó a la Federación Ecuatoguineana de Fútbol (FEGUIFUT) presidida por Venancio Tomás Ndong Micha con 150.000 francos suizos y prohibió a Emilio Nsue López, ex internacional juvenil de España, jugar con cualquier selección nacional durante seis meses. En 2013, la Comisión Disciplinaria ya multó con más de 24.000 euros a la Federación de Fútbol de Guinea Ecuatorial por la misma causa por alinear a Emilio Nsue en el partido contra Cabo Verde disputado el 8 de junio de 2013 para clasificarse para el Mundial de Brasil de 2014. A pesar de esa sanción, Emilio Nsue López ha continuado disputando partidos con Guinea Ecuatorial.

Las reglas de elegibilidad de la FIFA

Tal y como se detalla en el reglamento de la FIFA, uno de los principios básicos fundamentales para que un jugador pueda ser elegible para participar en competiciones internacionales representando a su país, sigue siendo la nacionalidad permanente. El reglamento establece también la distinción entre la tenencia de la nacionalidad de un determinado país y el poder obtenerla, de forma automática —sin tener que realizar ningún tipo de trámite administrativo, es decir, nacer en el país— o mediante un proceso de naturalización. 

De acuerdo con esos requisitos, “sin nacionalidad, no hay elegibilidad”, tal como queda explicado en el comentario sobre las reglas relativas a la elegibilidad para jugar con las selecciones nacionales, “la elegibilidad debe basarse en una valoración objetiva”, es decir, la nacionalidad que posee el jugador no vinculada al lugar de residencia. Además de estos requisitos, el Reglamento prohíbe que los jugadores que ya hayan “disputado con una federación un partido de competición oficial en cualesquiera categorías o disciplinas futbolísticas no podrá, en principio, participar en un partido internacional con otra federación, salvo las excepciones previstas en el artículo 9”

En relación al cómputo del plazo que es necesario esperar para poder ser elegible con una selección, a menos que concurran circunstancias excepcionales, el Reglamento exige que “el jugador deberá hallarse físicamente en el territorio de la federación durante al menos 183 días en un periodo de doce meses para que se considere que «ha vivido (…) en el territorio» de dicha federación ese año”. El Reglamento regula también los casos en los que un jugador adopta una nueva nacionalidad, por ejemplo la ecuatoguineana. 

En este caso concreto, el Reglamento de la FIFA es claro, exigiendo el cumplimiento en cuanto al número de años de residencia exigible en un país para poder optar a ser seleccionable para jugar en una nueva Federación como el caso de la FEGUIFUT, por citar un ejemplo. Para los jugadores con menos de 10 años, según el Reglamento, será necesario que pasen tres años; y para los mayores de 10 años el plazo será de 5 años. En el caso de jugadores entre 10 y 18 años, deberán justificar que el traslado al territorio de la Federación no sea justificado por la intención de participar en sus selecciones nacionales. Por último, el Reglamento regula también el “Cambio de Federación” por ejemplo, de la Federación Española a la Federación ecuatoguineana.

¿Por qué es inelegible Emilio Nsue?

Emilio Nsue López de padre ecuatoguineano (Ebibyin) y madre española (Palma de Mallorca), nació el 30 de septiembre de 1989 en Palma de Mallorca. Entre 2005 y 2011, Nsue López representó a España —país de nacimiento— en las selecciones Sub-16, Sub-17, Sub-19, Sub-20, llegando incluso a disputar la Copa Mundial de Fútbol Sub-20 y Sub-21, según información disponible en su perfil de Wikipedia. Con 24 años —después de no haber sido seleccionado para jugar con la selección española Sub-23 que disputó los Juegos Olímpicos de Londres 2012— Emilio Nsue no le quedó otra que firmar un contrato con la Federación de Fútbol de Guinea Ecuatorial, entonces presidido por un alto miembro del régimen de Obiang y dirigente del PDGE en Ebibyin, Domingo Mituy Edjang, alias Epua Osa.

Nada bueno se puede esperar de Domingo Mituy, tanto es así que, el fichaje de Emilio Nsue en el año 2013 por Domingo Mituy Edjang, supuso para la Federación ecuatoguineana de fútbol una multa con más de 24 mil euros por parte de la Comisión Disciplinaria por alinear a Emilio Nsue en el partido contra Cabo Verde disputado el 8 de junio de 2013 para clasificarse para el Mundial de Brasil de 2014, “en caso de que un jugador participe en un partido y/o competición para el cual no es elegible, los órganos judiciales de la FIFA podrán imponer medidas disciplinarias adecuadas, teniendo en cuenta la integridad de la competición en cuestión”, sentenció la FIFA. 

Ahora bien, a partir de la reforma de septiembre de 2020, el Reglamento de la FIFA hace una clara distinción entre «poseer la nacionalidad» y «ser apto para obtener la nacionalidad». El Reglamento de la FIFA es claro en cuanto a los dos supuestos generales en los que una persona puede «poseer la nacionalidad» merced a la aplicación de una ley nacional, en este caso la ecuatoguineana. Sin embargo, la Ley ecuatoguineana no permite la doble nacionalidad con España.

La denuncia

Teniendo en cuenta que Emilio Nsue López no cumple presuntamente con los requisitos de la Ley ecuatoguineana para ser elegible, se han interpuesto dos denuncias consecutivas ante la FIFA contra la FEGUIFUT y Emilio Nsue López. Según ha sabido Diario Rombe de fuentes cercanas del Ministerio de Deportes del Gobierno de Guinea Ecuatorial, las denuncias se interpusieron en base a los artículo 13 y ss. de la ley número 3/2011, de fecha 14 de julio, reguladora de la nacionalidad ecuatoguineana. El legislador ecuatoguineano es claro en cuanto a la pérdida de la nacionalidad ecuatoguineana, la nacionalidad ecuatoguineana se perderá voluntariamente desde el momento en que se adquiera otra nacionalidad, salvo cuando entre el país que se trate y Guinea Ecuatorial existiere acuerdo de doble nacionalidad

Del artículo evocado, se sobreentiende que el jugador ecuatoguineano de presunta nacionalización —nacido el 30 de septiembre de 1989 en Palma de Mallorca—, no puede ostentar la doble nacionalidad con Guinea Ecuatorial al no haber un acuerdo bilateral existente entre el Reino de España y la República de Guinea Ecuatorial en base a la ley de nacionalidad ecuatoguineana. La FIFA sólo reconoce a Emilio Nsue López como español.

No obstante, para que Emilio Nsue López de padre ecuatoguineano (Ebebiyin) y madre española (Palma de Mallorca), pudiera ser elegible para jugar con el combinado nacional ecuatoguineano, entre otras cosas, debería renunciar a la nacionalidad española, y a su vez, demostrar ante la FIFA, que ha adquirido la nacionalidad ecuatoguineana legalmente conforme al derecho local vigente en la República de Guinea Ecuatorial, sin ningún tipo de artificio. Sin embargo, el artículo 6 del Reglamento que regula la elegibilidad de un jugador para jugar con las selecciones nacionales de una Federación, sólo cuando posee una “nacionalidad compartida”, que no es el caso entre Guinea Ecuatorial y España.  

Todos estos argumentos fueron denunciados anónimamente en marzo de este año ante la FIFA a través de su external submission compliance portal. El “Código Disciplinario de la FIFA” permite a cualquier persona poner en conocimiento de la FIFA cualquier violación o tentativa de violación por un tercero. Los denunciantes anónimos, informaron a la Comisión Disciplinaria la presunta falsificación de los documentos que establecen la supuesta nacionalidad ecuatoguienana de Emilio Nsue López. Por lo que, Emilio Nsue López, era supuestamente inelegible para disputar los partidos clasificatorios para el Mundial del año 2026. 

La presunta falsificación del pasaporte

Sobre la falsificación de documentos públicos, el Reglamento FIFA es estricto, “toda persona que, en el ámbito de cualquier actividad relacionada con el fútbol, cree un documento falso, falsifique un documento existente o utilice un documento falsificado será sancionada con una multa y con una suspensión que dure al menos seis partidos o un periodo determinado que en ningún caso será inferior a doce meses.” advirtiendo que “se podrá responsabilizar a las federaciones o a los clubes de la falsificación de documentos cometida por sus oficiales o jugadores”. 

Entre los documentos que los denunciantes enviaron a la Comisión Disciplinaria de la FIFA, está la copia del pasaporte de Emilio Nsue López. Según los denunciantes “se emitió en fraude de ley el 23 de marzo de 2023 por el Centro Nacional de Emisión de Documentos Oficiales de Guinea Ecuatorial (CNEDOGE)”. Tal como podrán observar en la imagen, el pasaporte ecuatoguineano que utiliza presuntamente Emilio Nsue para participar en los partidos internacionales de la Selección Nacional de Guinea Ecuatorial, contiene un error en el que figura un lugar de nacimiento falso, Malabo.

En declaraciones a Diario Rombe, los denunciantes han sido contundentes “esperamos que el cínico de Emilio Nsue, pida perdón al pueblo ecuatoguineano”, , recordándole además que, “dijo públicamente que él quería luchar contra la corrupción al lado del hombre que está expoliando económicamente nuestro país, Teodoro Nguema Obiang Mangue, como si de un mal chiste se tratará, y ahora pagará por ello”.

La sanción no es fruto de la casualidad, sino de la hipocresía y del mal saber hacer de un jugador que pensó que todos los ecuatoguineanos son de la misma condición que el Vicepresidente ecuatoguineano condenado por corrupción y blanqueo de capitales en diferentes jurisdicciones internacionales. El régimen de Guinea Ecuatorial está formado por un “puñado” de cleptócratas hipócritas el cuál no permite que por ley se reconozca la doble nacionalidad con países como España, sin embargo, permite que los altos miembros de Gobierno y familiares del mismísimo dictador ostenten hasta cuatro, cinco o más nacionalidades.

De acuerdo con las declaraciones de los denunciantes, “esta acción conjunta es el resultado de la resistencia y del hartazgo que sufren muchos ecuatoguineanos”. Emilio Nsue López tiene que renunciar públicamente a la nacionalidad española si quiere seguir jugando con los rojos africanos y dejar de prestarse a las campanas de lavado de imagen de Teodoro Nguema”, sentencia uno de los denunciantes.

1 Comment

  1. El balón está echado en el tejado de Emilio Nsue, si tanto amor tiene por Guinea Ecuatorial como lo pintó en la carta que nos mandó hace escasos días para su retorno al NZALANG NACIONAL, que renuncie a la nacionalidad española y que cumpla los requisitos que exige la ley de nacionalidad ecuatoguineana para ser elegible y poder seguir jugando con la roja africana. Nada más y esperamos su salida al público como lo hizo en el directo por INSTAGRAM y la carta que publicó también por Ia misma red social hace poco. Gracias 🫂

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