Mediante el Decreto Núm. 05/2013 de fecha 18 de enero, se constituyó la Comisión Encargada de adaptar los Proyectos de Reglamentos Internos de todos los nuevos órganos que figuran en la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, a las Leyes que desarrollan el funcionamiento de dichos órganos dicha comisión estuvo dirigida por Martín Ndong Nsue.
La reforma del texto constitucional introdujo nuevos órganos que son el Consejo de la República, el Consejo Nacional para el Desarrollo Económico y Social de Guinea Ecuatorial, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas en la República de Guinea Ecuatorial.
Hasta la fecha quedan pendientes de nombrarse: (1) Tribunal de Cuentas, (2) Consejo de la República, (3) Consejo Económico y Social y (4)-Defensor del Pueblo.
¿Por qué no nombra a los miembros de estos órganos constitucionales? Porque la ecuación sobre la sucesión del Presidente Fundador Teodoro Obiang Nguema Mbasogo por su hijo no le sale.
Si se tiene en cuenta que la finalidad de la reforma constitucional era situar a su hijo Teodoro Nguema Obiang Mangue alias Teo-Teddy como heredero de la Corona (presidencia) y las cosas no funcionan bien para este último, el nombramiento de los miembros de otros órganos, por el ejemplo el Tribunal de Cuentas que estaría para fiscalizar el tema económico manejado por la familia no le favorece.
A parte de eso, el Consejo de Derechos Humanos ha encontrado la falta de independencia de los poderes del Estado y la acumulación de estos en manos de una sola persona para la designación de todos los cargos del Estado, y se le ha recomendado formular una invitación a Montesquieu para hacer realidad en Guinea Ecuatorial de la doctrina de la división de poderes.
En síntesis, eso es todo. El fundador no cree ni piensa en lo que se llama democracia. Es para él una pura falacia.