MANIFIESTO INSTITUCIONAL
Nosotros, militantes y miembros natos de los Órganos Rectores del Partido Político Acción popular de Guinea Ecuatorial y con plenos derechos, actuando en poder de las prerrogativas del artículo 16 de los estatutos de APGE, ya que este artículo demuestra que la mitad mas uno de los miembros de la CEN o en su defecto la mitad mas uno de los consejos locales están facultados para tomar grandes decisiones en el partido y Constatado la inactiva vida de APGE, los abajo firmantes, siendo plenamente miembros del consejo nacional, reunidos en Consejo Nacional de Crisis, analizando la actual situación del partido, toman en cuenta las siguientes reflexiones:
1- Que un partido político es toda asociación voluntaria perdurable en el tiempo, cuya esperanza de vida sea superior a la de sus dirigentes; dotado de un programa de Gobierno de la sociedad en su conjunto; que canaliza determinados intereses sectoriales y que aspira alcanzar el poder o participar en él mediante su presentación reiterada a los procesos electorales.
2- Que los fines por los cuales se funda un partido político deben ajustarse a dar solución a los múltiples problemas de orden político, económico, social, etc. Que pueden adolecer una sociedad, entendiendo que los objetivos perseguidos por un partido son de interés común o colectivo al margen de cualquier intención de lucro personal.
3- Considerando también que si no existe una plena democracia interna en los partidos políticos, no podrá existir una verdadera democracia a nivel del Estado, es decir, que si la organización interna de los partidos políticos no es democrática, las importantes funciones que esos desempeñan en la vida social serán autoritarias.
4- Que, los capítulos II, III, IV, y V; articulado 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º de los estatutos generales del partido Acción Popular de Guinea Ecuatorial, establecen las bases de los afiliados, derechos y deberes de los miembros, así como la organización y funcionamiento regulados por normas democráticas, fundamentos por los principios de autonomía y descentralización, con el fin de asegurar la máxima participación de dichos miembros y el pleno respeto de sus derechos.
5- Teniendo en cuenta que el TITULO I, articulo 2º de los Estatuto Generales de Partido defienden los principios que aspiran su actuación basados en el pensamiento del Humanismo Cristiano y de una sociedad más solidaria, libre, donde el Hombre (contemplando desde la óptica del Humanismo Cristiano) y su calidad de vida configuran la razón de todos su esfuerzos.
Los reunidos, desde este pensamiento, llegaron a constatar que la forma en que está siendo gestionado el partido por la obsoleta e ilegitima dirección actual (ya que los artículos 31 y 32 contemplan que la dirección del partido se elije en un congreso por un periodo de cuatro años y hace ocho años desde que se celebró el último congreso) no lleva a buen puerto, por haber constatado:
1- Que, un partido político es una asociación que a diario requiere actividad que la diera vida, y para eso funciona mediante los siguientes órganos rectores: el Congreso (máximo órgano del partido donde se trata toda problemática que adolezca al partido y donde se elije democráticamente a la nueva ejecutiva de gobierno encabezado por quien será el presidente por un periodo de cuatro años), el Consejo Nacional (órgano órgano de gobierno entre congreso que concentra todas las estructuras ejecutorias del partido y se reúne una vez al año), La Comisión Ejecutiva Nacional (es el órgano ejecutivo del partido), etc. se ha constatado que esos Órganos desde hace ocho años son inactivos y algunos todavía no se han constituido. Ver artículo 13 de los estatutos generales de APGE
2- Que, la dirección del partido APGE, es un órgano que funciona de forma colegiado la ausencia de la mitad mas uno de este órgano es motivo de disolución del órgano y la convocatoria de un nuevo congreso, en base a ello, se constata que la mitad mas uno de ese órgano al tiempo de constituirse ya no forma parte de esa estructura. Ver artículos 31, 32 y 23 inciso d) de los Estatutos de APGE.
3- Respecto al punto anterior, en caso de que se produjera vacancia en el órgano de Dirección del Partido CEN, compete al Consejo Nacional de APGE, convalidar quienes cubren las vacancias de la CEN, se ha constatado que arbitrariamente se ha reestructurado cesando y nombrando la CEN y esas restructuraciones no han sido en ningún caso convalidados por el Consejo Nacional conforme al artículo 23 inciso d) de los estatutos de APGE
4- Que, al ser la CEN un órgano colegiado el presidente del mismo que a su vez hace el del partido actúa en consenso con los demás miembros de la CEN, se ha llegado a constatar que, está actuando de forma unilateral, considerando el partido como empresa familiar testimonio obtenido en boca de su propia hermana el pasado 12 de octubre en la ciudad de Mongomo.
5- Que, APGE como cualquier otro partido, debe funcionar de forma democrático y su gestión o actuación ha de ser sometida a juicio en plenaria de todas sus estructuras en un congreso ordinario del partido que en su vez elige o convalida al presidente del mismo y demás miembros de órganos rectores en un periodo de cuatro años, agotado los cuatro años se entienden disueltas e ilegitimas todas estas estructuras de gobierno, en ello, se ha constatado que el último congreso se celebró en marzo de 2006, con el pensamiento de que el segundo sería en 2010 y el tercero en 2014 por lo que la actual estructura es ilegitima y debe ser cesado el presidente y disuelta la CEN.
6- Que, la actual situación de inactividad del partido es debido a la incapacidad manifiesta del presidente del partido, esa incapacidad se constata por:
a) La fraudulenta violación de los estatutos generales del partido así como el reglamento interno del partido en los términos siguientes:
b) Violación de los estatutos: se ha violado fraudulentamente el artículo 16, por la inobservancia del mismo, ya que el mismo contempla que el congreso de APGE se celebra en cada cuatro años con el fin de reorientar la visión política del mismo así como la elección de un nuevo presidente. Éste no se ha celebrado en los últimos ocho años; también se ha violado íntegramente el titulo VII del estatuto que defina la naturaleza del Consejo Nacional, sus funciones y la periodicidad de sus reuniones siendo que el último se hizo en 2009. También se ha violado íntegramente el título VIII del mismo estatuto respecto a la constitución, naturaleza, funcionamiento, materia y accesibilidad de la CEN como órgano de dirección; se sabe que la última reunión del mismo se hizo en junio de 2009 y ése ha conocido grandes dilataciones, injerencias y modificaciones a criterio y ventaja del hasta actual presidente.
c) Violación del reglamento de funcionamiento interno.
– Los artículos 3º,4º y 5º referente al funcionamiento, objeto, materia y competencia de la CEN así como la periodicidad de las reuniones de la CEN Comisión Ejecutiva Nacional
– El artículo 17. Inciso d) y e)referente al criterio del manejo de los fondos del partido
7- También se ha constatado que en la adopción y firma de cualquier acuerdo es obvio la aceptación y constancia de la CEN, éste, el hasta actual presidente últimamente ha firmado un acuerdo llamado MM, Manifiesto de Madrid en coparticipación con otros partido no legalizados ni reconocidos en el país sin el consentimiento del partido.
8- Se ha constatado también que, para Carmelo Mba Bacale el partido es una herencia o empresa familiar de donde obtiene bonanza cualquiera de los suyos, ese testimonio se obtuvo en boca de su hermana, se vive lo mismo en tiempos electorales de donde él y su familia sacan bonanza, vivir la buena vida, comprar coches lujosos, pagar sus pisos en Europa y hacer cualquier escándalo social perjudicando tanto la imagen del partido, su patrimonio así como a su militancia; de estos hechos tenemos el testimonio del escándalo habido el 24 de mayo de 2013, donde un grupo de jóvenes que conformaban el lujoso enjambre de campaña del ilegal actual vice-presidente (hijo del presidente nombrado a su criterio y fuera su legislatura estatutaria), que no pudo pagarles la dieta convenida y ésos llegaron a destruir la sede del partido que hasta hoy el causante no ha podido reponer, eso redujo la participación electoral de los militantes del partido, el mismo ilegitimo vice-presidente, ha destrozado todo los vehículos del partido, éste y otros hechos del mismo entorno, no ha tenido reacciones del ilegitimo presidente.
9- Las constantes malversaciones de los fondos del partido que este ha ido obteniendo como subvenciones electorales de 2008, 2009 y 2013 que han sido distribuidos unilateralmente a criterio del presidente, siendo este el único firmante de la cuenta de APGE de SGBGE violando sistemáticamente los incisos d) y e) del artículo 17 de Reglamento de Funcionamiento Interno de la CEN.
Bajo esas CONSTATACIONES, los reunidos juzgan inactiva y obsoleta la CEN como órgano de dirección del partido por lo que merece una solución para el correcto funcionamiento del mismo, para esa solución llegan a las siguientes conclusiones:
1- Que, es de la CEN la encargada de dar vida al partido en todas las estructuras del partido y ésa encarna en la persona del que es su presidente, por lo que tal persono requiere cierto dinamismo e imagen representativa; para ello se constata que el actual presidente a demás de estar fuera de su periodo estatutario ya no puede con tal responsabilidad.
2- Considerando que son causas de cese del presidente del partido; las contempladas en el artículo 18 del Reglamento de funcionamiento interno que subsidiariamente expone:
– En su inciso a) muerte o incapacidad física o psíquica que le inhabilita para el normal ejercicio de sus funciones. Por incapacidad física o psíquica se entiende por el espíritu de corresponder a la responsabilidad, pues dado el estado físico y psíquico debido a la vejez y la prorrogada enfermedad del cáncer de próstata del actual presidente los reunidos le juzga incapaz de poder seguir dirigiendo APGE.
– En su inciso d) por moción de censura; al entender que esta moción de censura solo puede ser formulado por el Consejo Nacional del partido máximo órgano entre congresos, siendo que el mismo se constituye por la CEN Comisión Ejecutiva Nacional, dos miembros del Consejo Geográfico de Rio Muni e Insular, dos miembros de cada consejo local, dos miembros de Nuevas Generaciones, dos miembros de la organización de mujeres, dos miembros de la comisión nacional de conflictos (que no está constituida) dos miembros de la comisión de cuentas (que no está constituida) y éste queda válidamente constituido si asisten la mitad mas uno de sus integrantes que naturalmente son cincuenta y dos delegados y sus acuerdos también se adoptan por mayoría simple mitad mas uno (ver articulo 22 y 26 del estatuto)
– En su inciso f); por malversación manifiesta de los fondos del partido. Se constata que el Presidente es el único ordenador y manejador de los fondos del partido que son distribuidos a su criterio e injustificadamente.
Por lo que, visto y examinado punto por punto todo lo arriba expuesto, los reunidos todos miembros natos del Consejo Nacional y de más órganos rectores del partido adoptan:
1- Atendiendo a la 2ª reflexión de este manifiesto, a los constatando 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de este manifiesto y a los considerandos 1º y 2º de este mismo manifiesto destituyen al Honorable Sr D. Carmelo Mba Bacale en el Cargo de Presidente de Acción Popular de Guinea Ecuatorial del que fue elegido el 24 de septiembre de 2006 en el primer Congreso Ordinario de APGE para un periodo de cuatro años, legislatura que se ceso el 24 de septiembre 2010, en tendiendo que su posición de presidente del partido es ilegal, ilegitimo y anti democrático.
2- Atendiendo al articulado 31 y 32 de los estatutos referente al órgano de dirección del partido, la CEN queda disuelta la cual estaba integrada por:
– El presidente del partido—Camelo MBA BACALE
– El vicepresidente————-EDUARDO BACALE MBA
– El secretario general——– JOSE MECHEBA IKAKA
– El secretario de organización – Rafael Pedro MASA MBA
– El secretario de relaciones internacionales- JESUS LOKUNA
– El secretario de finanzas——
– El secretario de formación—Remigio ESONO ENZEMA
– El secretario de relaciones institucionales—Benjamin NAR MBUELE
– El secretario de información y propaganda—Miguel OVONO NCHAMA
– El secretario de acción social y sindical– ALFONSO TUNGA MANGA
– El secretario de la participación de la mujer—————- cesada
– El secretario de Derechos Humanos—Angel Francisco Nguema Ela
– El secretario de Nuevas Generaciones—Juan MIGUEL ELA MOKO
– 1º secretario sin are— Telesforo ESONO OSA.
3- Los reunidos instan al mismo tiempo la convocatoria de un nuevo congreso al que se debatiría la situación del partido y la elección de un nuevo presidente y su órgano directorio.
4- Para la dirección del partido y la posible organización del mismo se adopta una Comisión Ejecutiva Nacional CEN de forma interina hasta el Congreso. Que queda compuesta como sigue:
– El presidente del partido —–REMIGIO ESONO ENZEMA
– El vicepresidente————–MIGUEL OVONO NCHAMA
Nos han llegado más documentos que compartimos con ustedes:
Primer documento: CONSEJO NACIONAL DE APGE
Segundo documento: EXCMO SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR Y CORPORACIONES LOCALES
Tercer documento: MANIFIESTO INSTITUCIONAL
Cuarto documento: REMISIÓN DE LA LISTA DE LOS MIEMBROS DE LA DELEGACIÓN DE APGE