«No hay justicia en la República de Guinea Ecuatorial». Eloy Eló Nvé Mbengono, enero de 1995

"No hay justicia en la República de Guinea Ecuatorial". Eloy Eló Nvé Mbengono, enero de 1995

«No hay justicia en la República de Guinea Ecuatorial». El informe del Fiscal General del Estado  Eloy Eló Nvé Mbengono, enero de 1995

El discurso de Eloy Eló, pronunciado en tanto que Fiscal General del Estado el día 7 de enero de 1995, en la festividad de San Raimundo de Peñafort, fue en su momento uno de los documentos más leídos y celebrados por la oposición democrática ecuatoguineana.

Eloy Eló Nvé Mbengono tiene una biografía compleja que no vamos a referir ahora. Digamos que, entre otras cosas, fue defensor de Macías en el proceso previo a su ejecución, ocupó numerosas carteras ministeriales bajo el régimen de Obiang y, sobre todo, estuvo justamente considerado como el «ideólogo del régimen». Ideólogo primero del régimen de partido único e ideólogo después del pluripartidismo.

Liniger-Goumaz pone en su boca (página 299, de su «Who´s Who de la dictature de Guinée Equatoriale), durante la disolución del parlamento de 2 de julio de 1993, la frase siguiente: el país esta al «final de un sistema monolítico y al comienzo de otro, multicolor». El propio Eloy Eló afirma, refiriéndose a su proceso de disidencia del regimen ecuatoguineano. «Yo llevaba varias años [antes de 1995] disintiendo del régimen en privado. Obiang había dejado de consultarme y me hacía notar que se fiaba más de otros asesores legales. En realidad me quitó de ministro y me nombró Fiscal General para castigarme, pero Obiang no sabía que era ser Fiscal General, no sabía cuales eran las funciones de ese cargo…»

El discurso de Eloy Eló, escrito con una ironía poco frecuente en la política ecuatoguineana, puede valorarse desde distintos puntos de vista. Es el primer documento en el que se critica pública y abiertamente el funcionamiento de la justicia en el país y, con la justicia, algunos de los mecanismos de ejercicio del poder en el régimen ecuatoguineano, por una de las personas que había participado en su construcción.

Rompe con la idea, tan utilizada en los medios de comunicación, del «clan de Mongomo» como expresión de monolitismo político de los políticos de esta región en torno a la figura del dictador.

Eloy Eló forma parte junto con Bonifacio Nguema Esono Nchama y Felipe Ondó Obiang del grupo de antiguos dirigentes del régimen que derivaron en este periodo, final de los años 90, hacia posiciones claramente opositoras. Está de acuerdo cuando le decimos que «el primero en disentir fue Bonifacio, Felipe Ondó manifestó sus diferencias a partir de 1993, después de un viaje a Estados Unidos». Los tres, Bonifacio Nguema Esono Nchama, Felipe Ondó Obiang yu Eloy Eló Nvé Mbengono participaron en la fundación del partido Fuerza Demócrata Republicana (4 de septiembre de 1995).

 Eló Nvé Mbengono abandonó la FDR en junio de 2001.

«En mi condición de Fiscal General de la República y por primera vez, me honra presentarme aquí hoy ante Vuestra Excelencia, Señor Presidente de la República, en tanto que Jefe de Estado, Primer Magistrado de la Nación y Arbitro y Moderador del proceso de democratización, para rendiros cumplida cuenta acerca del estado de la Administración de Justicia y del grado en que, en general, se respeta la legalidad en nuestro País por todos los ciudadanos, nacionales y extranjeros residentes, y por todos los órganos del Estado y todos los Departamentos de la Administración Pública.

Haciéndolo así, no actuamos animados del espíritu de obtención de ningún premio ni recompensa, sino que justifica nuestra actividad únicamente la satisfacción del deber cumplido.

En efecto, es la propia Ley Fundamental la que nos impone el fin de velar por la legalidad en el País, y la Ley 3/85. de 25 de Abril, aprobatoria del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, entre otras cosas, nos impone también la obligación de rendir cuenta exacta a los Poderes Públicos no solamente del estado de la Administración de Justicia sino también del grado en que la Ley se cumple en todo el territorio nacional y por todos los sujetos del Derecho, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Es, pues, en cumplimiento de esta obligación legal por lo que nos honramos presentarnos aquí por primera vez ante Vuestra Excelencia, Señor Presidente de la República.

Para ello, bajo nuestra total y absoluta responsabilidad personal y en tanto como Fiscal General de la República, con el corazón en la mano y lágrimas en los ojos, en este acto denunciamos oficialmente el hecho y afirmamos solemnemente ante Vuestra Excelencia y ante la Historia que nos ha de juzgar que no hay justicia en la República de Guinea Ecuatorial; que la Administración de Justicia que, como su nombre indica, estaría encargada de administrarla a los ciudadanos, se halla total y absolutamente paralizada y sumida en un eterno letargo; que los Juzgados y Tribunales, salvo honradas excepciones que no llegan ni a cinco dedos de la mano, no resuelven los litigios que les someten los ciudadanos, los cuales han llegado incluso a perder la fe en la justicia, y viven desesperados con los corazones en pie de guerra, buscando qué hacer, si tomar la justicia por su propia mano, lo cual les está vedado por vivir en una sociedad formalmente constituida en Estado soberano y sobre todo democrático, que les obliga a confiar la solución de todos sus conflictos de intereses a Jueces y Magistrados, cuya misión es zanjar dichos conflictos de acuerdo con los criterios arbitrados previamente por la voluntad general que, según JBAN JACOBO ROUSSEAU, se llama Ley.

La Administración de Justicia no funciona; los Jueces, Magistrados, Notarios, Registradores y, en general, los profesionales del Derecho, sumidos hasta la médula espinal en la más abyecta e innarrable corrupción, no cumplimos la Ley, no hacemos lo que la sociedad espera de nosotros, y que se presume hemos estudiado en las distintas Universidades, unos por malicia, otros por ignorancia inexcusable; los profesionales del Derecho hemos creado en el País una inseguridad jurídica tal que impide que haya inversión de capital extranjero y, por consiguiente, que haya desarrollo socioeconómico en nuestra querida Patria, Guinea Ecuatorial

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que en el día de hoy, en que se apertura el año judicial, el Fiscal General de la República presentará la Memoria Anual que recoge toda la actividad jurisdiccional desarrollada durante el año que termina; lo que también está recogido, al parecer, en el programa oficial que se ha distribuido.

Esta Fiscalía General no está en condiciones de presentar dicha Memoria Anual, puesto que la correspondiente a la Corte Suprema de Justicia no nos ha sido servida, lo que, en nuestro sentir, es prueba fehaciente de que en todo el año judicial que termina no se ha producido ninguna actividad en nuestro máximo Órgano Jurisdiccional; esta afirmación admite prueba en contra, puesto que nos es difícil creer en esta aseveración teniendo en cuenta los múltiples expedientes judiciales que penden en la Corte Suprema de Justicia desde hace más cinco años atrás. A finales de la semana pasada la Prensa local publicó que la Corte Suprema de Justicia estaba celebrando juicios, incluso en días inhábiles, pero, por lo visto, no se ha producido ninguna sola resolución judicial.

«No hay que hacer caso de lo que dice el Fiscal General, está totalmente loco y, además, está muy mal visto por el Gobierno», comentarios que se escuchan en los pasillos de Juzgados y Tribunales.

No sabemos si el Fiscal General de la República está muy mal visto por el Gobierno, pero si lo afirman los Juzgados y Tribunales, sus razones tendrán; pero lo de loco sí que sabemos que no, sino que está acometiendo una empresa que es digna de un loco, cual es intentar que los Juzgados y Tribunales funcionen normalmente, y que se disminuya la alta corrupción existente en la Administración de Justicia; ésta estaría llena de ladrones a mano armada, si sus manos no estuviesen armadas de bolígrafos; expedientes judiciales enteros desaparecen en los Juzgados y Tribunales; consignaciones, depósitos y fianzas judiciales no llegan nunca a sus destinatarios, invirtiéndose en la compra de vehículos personales y en la financiación de industrias panificadoras.

«El Fiscal General es un tipo conflictivo, siempre crea problemas a su alrededor»; comentan otros por doquier. Hay unos cargos que si el titular intenta cumplir con su deber no le queda más remedio que ser un tipo conflictivo y antipático; fíjense en el cargo de Director General de Seguridad y del Ministro de Finanzas; el cargo de Fiscal General de la República no anda muy lejos, porque su misión implica fiscalizar, controlar e inspeccionar; estas tres actividades conllevan molestia y conflictividad.

«Los trapos sucios se lavan en casa. Señor Fiscal General», sugieren otros; pero ya hay demasiados trapos sucios que ya no caben en casa y hay que llevarlos al lavadero municipal.

Esta es la dura realidad, Señor Presidente de la República; esta es nuestra triste, tristísimo realidad; pedimos perdón, pedimos disculpas si hemos llegado a llamar pan al pan y vino al vino, porque la verdad muchas veces entra como una ofensa.

Quiero en este acto hacer llegar a nuestros compañeros profesionales del Derecho que el Fiscal General de la República no trata de hacer una actividad política, ni tampoco intenta hacer un proceso histórico para investigar quién tiene razón y quién no. Todos debemos compartir las responsabilidades para poner nuestro granito de arena en la magna tarea de establecer un verdadero Estado democrático en nuestro País, tarea que, mayormente, está en función de cómo nosotros ejercemos nuestra actividad de profesionales del Derecho.

La inseguridad jurídica creada por los profesionales del Derecho, dentro de cuyo colectivo nos incluimos nosotros mismos, y a quienes denunciamos oficialmente en este acto, perjudica muy enormemente al País en lo que se refiere al desarrollo socioeconómico y al proceso de democratización de que Vuestra Excelencia, Señor Presidente de la República, es Arbitro y Moderador.

Perjudica al País porque en toda sociedad que, como la nuestra, pretende hacer de la preeminencia del Derecho uno de sus valores fundamentales, resultará imprescindible configurar una Administración de Justicia que la garantice; no sería posible asegurar el imperio de la Ley, la igualdad de todas las personas ante la norma jurídica, y, en definitiva, el concepto profundo de libertad del hombre, característica esencial de todo Estado democrático, sin unos Tribunales de Justicia que actuasen eficazmente con arreglo a determinados principios.

Y uno de estos principios, por ejemplo, es que toda persona tiene derecho a que su causa sea oída con justicia, públicamente y dentro de un plazo razonable. Dentro de este principio y junto a exigencias clásicas de todo constitucionalismo, los Juzgados y Tribunales no solamente deben actuar con justicia, acomodándose exclusivamente a las reglas del Derecho, entendidas en un contexto de libertades democráticas, sino que deben hacerlo también a tiempo, pues una justicia tardía equivale a una injusticia. Por eso las Leyes procesales establecen ya claramente los plazos que se pasa de un trámite a otro dentro de un proceso, que es una concatenación sucesiva de actos, hasta llegar a la sentencia; y aquí en nuestro País, los Jueces y Magistrados no respetan estos plazos, de ahí que un solo litigio tan simple como el robo de una gallina durante cinco años enteros, cinco, sin solución, sin que el ciudadano sepa a qué atenerse, sin que nadie sepa con toda seguridad y con toda garantía legal si esta finca es o no suya; y así los Juzgados y Tribunales todos los días violan impunemente el derecho fundamental, que es un derecho humano, que tiene toda persona a que su causa sea oída con justicia dentro de un plazo razonable, esto es, en definitiva, el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.

Su importancia es enorme, pues las causas se oyen con justicia cuando se desarrollan dentro de concretos límites temporales, que se. llaman plazos procesales; al ventilarse litigios el objetivo de una eficaz Administración de Justicia ha de encontrarse en su solución a tiempo, y una justicia tardía supone tanto como la falta de tutela judicial efectiva, que es otro derecho humano reconocido en la Declaración Universal de las Naciones Unidas.

   Guinea Ecuatorial, único en su género que encierra tal contradicción, es el país que, a la vez, vive en paz y en guerra: en paz porque afortunadamente no hemos conocido conflictos armados en nuestras calles, lo que no valoramos en su justa medida; pero al propio tiempo vive en guerra, porque mientras un ciudadano sigue reclamando algo de alguien ese ciudadano lleva guerra en su corazón, y le aseguramos, Señor Presidente de la República, que hay guerra en los corazones de estos ciudadanos que van a pie en la calle, incluso de muchos que vamos en coche a causa de que los Juzgados y Tribunales no resuelven los litigios a ellos sometidos, lo que constituye su deber; no dan a cada cual lo suyo, que es la esencia de la justicia; no dan a César lo que es de César ni a Dios lo que es de Dios.

   Otra de las manifestaciones de la inseguridad jurídica es que aquí no se respeta lo que se llama tracto sucesivo.

   El tracto sucesivo es uno de los principios esenciales del Derecho Inmobiliario español, vigente en nuestro País, y que hace referencia a la necesidad de que, en todo contrato de compraventa, aparezca como vendedor necesariamente la persona a cuyo nombre la finca a venderse está previamente inscrita en el Registro de la Propiedad, o, por lo menos, que el que aparece como vendedor tenga poderes de aquél; solo éstos y nada más que éstos pueden disponer de la finca, ya vendiéndola, ya aportándola a una sociedad. El principio viene consagrado en el artículo 20 de la Ley Hipotecaria, y aquí, si se invoca en un juicio, el Juez se hace sordo como una tapia.

   Los profesionales del Derecho que vigilan el cumplimiento de este principio son el Notario y el Registrador, a quienes la Ley del Notariado y la Ley Hipotecaria imponen la obligación de examinar si el supuesto vendedor es realmente el dueño registra! o si tiene sus poderes; en caso contrario el Notario y el Registrador deben negarse a autorizar e inscribir la venta. Y aquí en nuestro País, esos profesionales del Derecho no cumplen con esta obligación legal, y muchos venden bienes que no son suyos, con la consiguiente proliferación de conflictos sociales.

   Un supuesto de candente actualidad es el caso de DON MIGUEL CARRETERO RODRIGUEN que ha vendido casas que no son suyas, y el Registrador no le puso ningún inconveniente, y los Jueces de Malabo hasta ahora han respaldado con sus sentencias tales ventas falsas; y allí están los verdaderos dueños rondando inútilmente los pasillos de Juzgados y Tribunales en solicitud de justicia desde hace catorce años, catorce, sin que se les haya repuesto en su derecho.

   Este individuo, que, al parecer, tiene en su bolsillo a Jueces y Magistrados, Notarios y Registradores, lo es capaz de todo; el día que decida vender la Catedral de Malabo, habrá problema con el Señor Arzobispo, y se nos pone carne de gallina sólo pensar en lo que podría pasar si vende el Palacio Presidencial.

   El Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Almería nos ha comunicado que por vender allí en Almería carnets de conducir guineanos a españoles en aquella Provincia. DON MIGUEL CARRETERO RODRÍGUEZ se halla en la cárcel de aquella localidad. Como ese individuo lo es capaz de todo, no podemos preguntarnos cómo ha podido hacerse con carnets de conducir guineanos, pero sí que la operación le ha salido mal porque no tiene en sus bolsillos a Jueces y Magistrados de Almería como tiene a los de aquí que ni tan siquiera han podido tramitar la querella que la Fiscalía General de la República interpuso contra este señor por el supuesto delito de falsedades en documento público.

   Señor Presidente de la República, los ciudadanos de la Comunidad Económica Europea, que deciden sobre el destino de los fondos Stabex, son de carne y hueso y actúan, por consiguiente, por intereses y no por amor al arte; saben que en Guinea Ecuatorial no hay justicia, saben que aquí hay inseguridad jurídica, por eso no hay inversión de capital extranjero en nuestro País. ¡Nada más miedoso que el ECU, Señor Presidente!

   La Fiscalía General de la República ya dio cuenta con anterioridad de esta situación al Ministerio de Justicia y Culto, al Primer Ministro Jefe del Gobierno, al Consejo de Ministros y a la propia Corte Suprema de Justicia, y no ha habido hasta ahora ninguna reacción oficial, a pesar de las denuncias por escrito y por declaraciones de Prensa; lo cual nos inclina a pensar en una posible conspiración de silencio por parte de algunos Poderes Públicos, y nos preguntamos, ¿en beneficio de quién?, ¿quién se beneficia de la inactividad total de la Administración de Justicia o de la inseguridad jurídica en nuestro País?

   En este sentido, queremos hacer un homenaje a nuestro Parlamento que recientemente y a nuestra demanda, viene de dar un mandato a la Fiscalía General de la República para que llevase ante los Tribunales de Justicia a los profesionales del Derecho que en el ejercicio de sus funciones infringen la Ley mediando malicia o ignorancia inexcusable; nosotros estamos prestos a cumplir dicho mandato.

   Señor Presidente, rogamos nos sea permitido dar ciertas explicaciones a los colegas sobre unas declaraciones de Prensa que hicimos, y en las que refiriéndonos a las causas de la inseguridad jurídica, acusábamos, como lo estamos haciendo ahora, al colectivo de profesionales en Derecho, y en las que, no obstante, exculpábamos al grupo de los que han estudiado Derecho en la extinguida Unión Soviética, lo que ha llevado desgraciadamente a un sector de ellos a pensar que los hemos clasificado en un segundo plano profesional, con el consiguiente disgusto por parte de todos.

   Nada más lejos de la verdad; nuestras palabras se encaminaban a darles menos tanto de culpa por el hecho de que la totalidad de las horas lectivas que incluye el programa de Derecho Civil de los Países Capitalistas que han estudiado, en su conjunto no nos parece materialmente suficiente como para retener sutilezas del Derecho Civil español que pueden causar en su defecto consecuencias muy graves en un negocio jurídico, como por ejemplo, las diferencias entre una escritura pública y un acta notarial, y sus efectos en relación con el Registro de la Propiedad.

   Pedimos pues disculpas a nuestros compañeros por si nuestras palabras o su interpretación por un tercero de mala fe hayan servido de motivo de estos malentendidos.

   ¿Consecuencias de esta inseguridad jurídica en nuestra sociedad? Pues, si.

   La justicia es un sentimiento natural que toda persona tiende a satisfacer como puede, y adopta estrategias prácticas para luchar contra la injusticia: la naturaleza humana puede tolerar la dureza, pero nunca la injusticia; es mejor vivir en una sociedad dura que en una sociedad injusta. Por ello, a fin de mitigar los efectos de la falta de actividad judicial, se ha buscado una solución que en nuestro sentir ha sido un remedio peor que la enfermedad.

   En efecto, han surgido en nuestra sociedad un focos de poder fáctico tan fuertes y eficaces, que han sustraído prácticamente de la jurisdicción del Estado de la República de Guinea Ecuatorial a un grupo de individuos, fundamentalmente comerciantes extranjeros, colocándolos bajo su protección; focos de poder de hecho constituidos por personas influyentes en nuestra sociedad cuya sola palabra neutraliza y anula la actividad del juez y de cualquier Tribunal, y pone en posición de firme a cualquier elemento de la Policía Judicial.

   Estos individuos protegidos, en su mayoría comerciantes extranjeros residentes, se han convertido en unos delincuentes comunes ante los cuales la Justicia ha devenido incapaz e impotente, y violan impunemente la Ley sin nada ni nadie que les puede exigir responsabilidad.

   Por eso, cuando hay sentencias judiciales que materialmente son difíciles de ejecutar, se trata de sentencias judiciales que van en contra de los intereses de uno de estos comerciantes extranjeros protegidos por un foco de poder fáctico, y los perjudicados, es decir, los que han ganado el pleito, acuden inútilmente al Juez que dictó la sentencia, acuden a cualquier pariente que tengan en la Policía, en el Gobierno Provincial, en el Parlamento, y todo inútil.

   La Fiscalía General de la República tiene miedo fundadamente de que algún día acudan a la navaja, ante la impotencia de hecho de la Justicia para resolver sus conflictos, entonces tendríamos desórdenes sociales cuyas consecuencias son imprevisibles.

   Un caso de candente actualidad se refiere a una demanda de impugnación de acuerdos sociales contra una sociedad anónima, cuando el Juez convocó al representante legal de dicha sociedad, éste amenazó para que no se le volviera a molestar, porque, explicó, «me ha dicho fulano de tal que le citen a él para cualquier cosa relacionada con esta empresa»; y el fulano de tal ese es un prohombre, un personaje que no es ni representante legal de la empresa ni tan siquiera accionista de la sociedad, simplemente es un foco de poder fáctico y la demanda interpuesta sigue muriéndose de risa sobre la mesa del Juez.

   En estos casos el Juez, al intentar cumplir su deber de administrar la justicia, lo hace convencido de que está llevando a cabo una operación que encierra para él verdadero peligro de muerte.

   Conviene resaltar que de entre los prohombres que protegen a individuos: comerciantes extranjeros residentes, de entre los focos de poder fáctico se encuentran muchos profesionales del Derecho; son éstos Abogados que nunca hablan lenguaje jurídico, nunca se personan en un litigio ante el Juez, nunca contestan a la demanda como dice la Ley de Enjuiciamiento Civil, nunca contradicen el artículo del Código que ha invocado la parte contraria, al contrario, solamente atacan a la persona que ha interpuesto la demanda contra su protegido: «qué se ha creído ese tío, su asunto no se va a ver nunca, si quiere que vaya a hablar en la Radio Exterior de España», comentan de bar en bar.

   En éstas andamos en el recuadro del cuadro general de la sociología política correspondiente a la Administración de Justicia.

   Quisiéramos referirnos por último, Señor Presidente, a vuestro papel de Arbitro y Moderador, papel que comporta, naturalmente, la docencia.

   En ese sentido, le pedimos que enseñe a la gente y a la Administración Pública qué sea la Fiscalía General de la República; como a la esencia de una institución puede aproximarse mediante el examen de las funciones que le son asignadas, habría que ver la misión que la Ley Fundamental recomienda a nuestra Institución, que es velar por la legalidad en el País, para su cumplimiento por todos los sujetos de derecho, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluida la propia Administración.

   Sí esto es así, cae como primera evidencia que la Fiscalía General de la República no puede subordinarse o hacerse depender administrativamente de un Departamento ministerial, cualquiera que sea; hay que hacerlo comprender así al Ministerio de Justicia y Culto que, erróneamente en nuestro sentir, cree y actúa como si fuera el Centro Directivo de la Fiscalía General de la República.

   Las funciones fiscalizadoras asignadas constitucionalmente a la Fiscalía General de la República devienen incompatibles con toda idea de subordinación o dependencia a un Ministerio concreto, porque, de lo contrario, quién va a fiscalizar las posibles irregularidades de dicho Ministerio, a la vista de que ningún sistema jurídico concibe que un inferior fiscalice a su superior.

   La Fiscalía General de la República sólo está sujeta y subordinada políticamente al Jefe de Estado, como vértice en donde convergen todos los órganos e instituciones del Estado, pero jurídicamente no puede subordinarse a ningún Departamento por resultar incompatible con el cumplimiento de sus fines.

   Las relaciones entre la Fiscalía General y el Ministerio de Justicia y Culto son de orden de coordinación y no de dependencia orgánica ni funcional y en virtud de esa relación de coordinación, hemos remitido hace un año al Ministerio de Justicia y Culto y para que se tramitase hasta su aprobación por el Parlamento, un Proyecto que modifica y pone al día la Ley número 3/85, de 25 de Abril, por la que se aprueba el Estatuto Orgánica del Ministerio Fiscal, y hasta hoy no se ha tenido durante el año que termina ningún solo Consejo Directivo que estudiase dicho Proyecto, y sin embargo el Ministerio insiste diariamente en una relación de dependencia y subordinación que la Fiscalía General de la República no está dispuesta a aceptar.

   Si echamos una mirada en el Derecho comparado veríamos que en el mundo anglosajón todo Ministro del Gobierno quita su sombrero frente al General Attorney, y entre los francófonos basta observar que el Procureur General de la République va acompañado de escolta motorizada.

   En el sistema jurídico español subyacente y subsidiario del nuestro, los artículos 30 y 31 de la Ley número 50/81, de 30 de Diciembre, hablando del Fiscal General del Estado, nuestro equivalente dicen: «En los actos oficiales en que asista el Fiscal General del Estado ocupará el lugar inmediato después del Presidente del Tribunal Supremo»,,y que «El régimen retributivo del Fiscal General del Estado será idéntico al del Presidente del Tribunal Supremo’.

   Esta mirada al Derecho comparado, Señor Presidente de la República, nos autoriza creer, salvo prueba en contrario, que tenemos derecho a exigir del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y de su Dirección General de Protocolo del Estado, así como del Ministerio de Economía y Comercio y de su Dirección General de Presupuestos, que basándose en argumentos no razonables, no nos den un trato tan distinto y tan diferente del que se da a nuestros homólogos en el Derecho comparado, en lo que se refiere al lugar protocolario y a la remuneración que nos corresponderían, mutando mutandis.

   Pedimos también, Señor Presidente de la República, que se enseñe a la Policía Judicial que todas las resoluciones administrativas, aunque vengan firmadas por el Presidente de la República, son revisables y anulables por los Tribunales de Justicia. Esto lo decimos porque siempre que se ha intentado ejecutar una resolución judicial que afecte a una resolución administrativa firmada por el Presidente de la República, la Policía Judicial se ha negado a cumplir la orden, porque, explica, «no podemos ir en contra de la alta Autoridad que ha firmado esta resolución». Hay que enseñarles que precisamente existe la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para revisar en vía jurisdiccional todas las resoluciones administrativas; de lo contrario no hay Estado de Derecho y no han democracia.

   Señor Presidente de la República, términos suplicando a Vuestra Excelencia que adopte medidas urgentes encaminadas a establecer una Administración de Justicia más rápida y eficaz, de lo contrario, sería metafísicamente imposible cumplimentar con las exigencias de un verdadero Estado democrático en el País, y que adopte también medidas que favorezcan un progresivo cambio de mentalidad, que sin cambio de mentalidad también sería impensable establecer un Estado de Derecho; que no veamos enemigo en el opositor ni encontremos injurias en la crítica política, a la cual está expuesto iodo hombre de Estado.

   Todas estas medidas, Señor Presidente de la República, redundarán en beneficio de una Guinea cada vez Mejor.

   Muchas gracias, Señor Presidente».

 

   Sobre las consecuencias inmediatas del discurso pueden leerse los siguientes despachos de la agencia EFE:

   «LIBREVILLE, 27 abril 1995.- El presidente de Guinea Ecuatorial, Teodoro Obiang, calificó ayer a los funcionarios de la administración de Justicia de su país de «incapacitados, inoperantes, ignorantes y maliciosos».

   El pasado enero, el fiscal general de la República, Eloy Elo Nvé, afirmó que en Guinea Ecuatorial existe una total «inseguridad jurídica», al tiempo que denunció la «corrupción generalizada».

   En un discurso pronunciado tras recibir el informe elaborado por una comisión que durante los dos últimos meses investigó las denuncias formuladas por el fiscal general, Obiang, en un tono irritado, señaló que los hechos denunciados los han protagonizado exclusivamente los funcionarios de la administración de Justicia. Obiang manifestó que los citados funcionarios «no quieren hacer que el país sea un Estado en el que todos se sientan satisfechos de la administración de Justicia».

   Tras la elaboración del informe, Obiang nombró una comisión de investigación, presidida por el ministro guineano de Defensa, coronel Melanio Ebengong, e integrada entre otros, por el ministro para las Relaciones con el Parlamento, Mariano Nsue Nguema; el director general de Justicia e Instituciones Penitenciarias, Ricardo Ele Obale, y el diputado de la oposición Secundino Oyono. Obiang afirmó que «se ha comprobado en el informe que ni el Gobierno ni el Poder Legislativo tienen que ver con los hechos denunciados por el fiscal general de la República», cuya responsabilidad corresponde exclusivamente al Poder Judicial.

   Dijo asimismo que «el presidente de la República, el primer ministro, el Gobierno, el Legislativo y algunos responsables del Poder Judicial no vamos a resolver todos los problemas mientras no haya solidaridad y armonía entre todos los elementos que juegan en este escenario político para que Guinea sea un Estado donde reine el imperio de la ley».

   Aseguró que «muchos tratan de exigir la independencia del Poder Judicial en este momento para abusar de ella», al tiempo que condenó «esas maniobras que se han detectado en el Poder Judicial».

 

   «LIBREVILLE, 29 abril 1995.- El fiscal general de la república de Guinea Ecuatorial, Eloy Elo Nve, se ha escondido en la vecina república de Camerún tras huir de su país el pasado miércoles, supo Efe ayer.

    Elo, que fue sacado días pasados a punta de pistola del avión en el que pretendía viajar a Duala (Camerún) por el secretario de Estado para la Seguridad Nacional, Nguema Mba, estaba bajo arresto domiciliario en Malabo por unas declaraciones efectuadas a Radio Exterior de España.

   El abogado denunció a la emisora española las amenazas que tanto él como otros jueces y magistrados recibieron de Nguema Mba, quien les aseguró que «las balas llegan antes que las leyes», en alusión a la actitud claramente legalista que apoyaban los amenazados en contra de los procesos políticos que últimamente se han desarrollado en Guinea Ecuatorial.

   Efe ha sabido también que fuerzas de «ninjas» (Policía política del régimen del presidente guineano, Teodoro Obiang) han sido apostadas en las inmediaciones de la representación diplomática española, en previsión de que el abogado huido pueda intentar pedir algún tipo de protección a España.

   El miércoles, Elo aprovechó un momento de descuido de los guardias que custodiaban su casa, logró evadirse y trasladarse en un cayuco (pequeña embarcación de madera que utilizan los pescadores de la zona del golfo de Guinea) a las costas camerunenses».

Fuente: asodegue.org

2 Comments

  1. Eloy supo ver a tiempo las consecuencias que el incumplimiento de la ley en Guinea Ecuatorial iban acarear en su momento. Obiang, que accedió al poder a base de golpes de estado inventados, no se da cuenta que sus estrategias van perdiendo fuerza. Sólo seguir las respuestas contundentes que ha tenido el montaje de su sicario ante la FAO,Crisantos Obama Ondo, y la negativa de los jóvenes detenidos a implicar a la Oposición en las revueltas habidas en Malabo en la noche del 5/02/15, sumadas las condenas de la comunidad internacional, Obiang debe empezar a preparar su juicio final.

  2. ME GUSTARIA QUE EL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL, DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MINISTRA DE JUSTICIA, DE DEFENSA, DE SEGURIDAD, FISCAL GENERAL DEL ESTADO, DEFENSOR DEL PUEBLO, LOS MAGISTRADOS, LOS JUECES EN GENERAL. FISCALES EN GENERAL, LOS ABOGADOS, LIDERES POLITICOS, EL GOBIERNO EL PDGE EN CABEZA SU SECRETARIO GENERAL Y PORQUE NO EL MISMO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUE LEAN UNA Y OTRA VEZ ESTE DISCURSO HISTORICO QUE HACE 20 AÑOS UN ORUINDODE MONGOMO E IDEARIO DEL PDGE PRONUNCIO UNA VEZ QUE VIO QUE ESTABAN EN ERROR. Y PIDIO PUBLICAMENTE PERDON SEÑOR OBIANG NGUEMA Y FAMILIA TODAVIA ESTAIS A TIEMPO DE RECTIFICAR.

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