¿Es Simón Ngomo Mibuy la primera víctima del Informe del Defensor del Pueblo?

El Informe anual del Defensor del Pueblo sitúa al Poder Judicial como el órgano que más lesiona los derechos
Marcelino Nguema Onguene

Ha sido cesado Simón Ngomo Mibuy de sus funciones de Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Bata, mediante Decreto Presidencial Nº 70/2017, de fecha 3 de octubre, “por falta de impulso procesal en los expedientes sometidos al Juzgado de Instrucción número 1 de Bata” (guineaecuatorialpress.com), valga la redundancia. El Informe del Defensor del Pueblo para el período 2015-2016, presentado en sendas sesiones ante la Cámara de los Diputados y el Senado en septiembre pasado, señalaba al Poder Judicial como el órgano destinatario de la mayoría de las quejas de los ciudadanos, a la luz de las demandas recibidas en este lapso, destacando entre las deficiencias constatadas en este ámbito “la falta de impulso procesal en los tribunales y juzgados”.

¿Es Simón Ngomo Mibuy la primera víctima del Informe del Defensor del Pueblo?
Marcelino Nguema Onguene

Pues bien, es esta referencia expresa a la “falta de impulso procesal” en el referido Decreto la que sugiere que la destitución del Magistrado está relacionada con las denuncias contenidas en dicho Informe. Es decir, que su cese se consideraría una primera medida destinada a corregir el mal funcionamiento de nuestro Poder Judicial tras la difusión de la memoria anual del Alto Comisionado del Parlamento.

No obstante, surge la duda de si la expulsión de un solo magistrado es suficiente para lograr dicho objetivo. Si fuera así, esto es, si la defenestración de Simón Ngomo Mibuy fuera un primer paso lo bastante decisivo por sí solo para comenzar a erradicar la corrupción generalizada en la judicatura ecuatoguineana –y confirmada una vez más en el Informe del Defensor del Pueblo–, la conclusión sería que el afectado habría sido hallado si no el máximo, al menos el principal causante de dichas demandas o, lo que es lo mismo, que esas quejas se relacionarían mayoritariamente con casos sometidos a un solo juzgado: el de Instrucción Nº 1 de Bata.

En fin, la alusión a “la falta de impulso procesal” en el Decreto por el que se cesa al Juez parece ‘prima facie’ o a simple vista, un intento de ir acabando con las corruptelas en nuestro Poder Judicial, y esto le convierte en el principal responsable de las denuncias del Defensor del Pueblo. Sin embargo, que sea él el único afectado de entre tantos jueces y magistrados corruptos en Guinea Ecuatorial, hace pensar que sea, en realidad, una víctima o un chivo expiatorio que, con palabras del Dicionario de la Lengua Española (DLE), es una “persona a quien se achacan todas las culpas para eximir a otras”. No hay que perder de vista la existencia de encarnizadas luchas de poder y de ajustes de cuenta tanto de ciertos miembros del Gobierno contra algunos jueces y magistrados como a nivel interno del Poder Judicial.

El Observador

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